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PRINCIPIOS DE PSICOLOGÍA JURÍDICA. Cap. III

  Ejemplo de las intervenciones más frecuentes en los diferentes ámbitos: - Derecho Penal: se valoran cuestiones como la responsabilidad criminal en casos de trastorno mental de un acusado (evaluación de la imputabilidad del procesado), la competencia de un individuo para ser juzgado o para prestar testimonio, las secuelas de las víctimas, etc. - Derecho civil: principalmente procesos de tutela e incapacitación de adultos, internamientos psiquiátricos involuntarios, protección de menores, valoración de daño y secuelas psicológicas, etc. - Derecho de familia: temas de adopción y privación de derechos parentales de los progenitores (patria potestad), en la atribución de la custodia de los hijos en caso de divorcio, nulidad y separación, recomendaciones sobre planes de comunicación y contacto, adopciones, filiación, etc. - Derecho laboral: valoración de daños y secuelas psíquicas a accidentes o situaciones de trabajo, etc. Fuente: INTRODUCCIÓN A LA PSICOLOGIA FORENSE. Mila Arch Marin

PRINCIPIOS BÁSICOS DE PSICOLOGÍA JURÍDICA. Cap.II.

DIFERENCIAS ENTRE PSICOLOGÍA JURÍDICA Y PSICOLOGÍA FORENSE El termino Psicología forense engloba todas aquellas actividades que el psicólogo puede realizar en el “foro”, en intervenciones específicamente solicitadas. En palabras de J. Urra (1993) es “la ciencia que enseña la aplicación de todas las ramas y saberes de la Psicología ante las preguntas de la Justicia, y coopera en todo momento con la Administración de Justicia, actuando en el foro (tribunal), mejorando el ejercicio del Derecho". Siguiendo a Garzon (1989), y la diferenciación que ésta establece entre psicología jurídica y psicología forense, observamos que no solo supondrían dos enfoques diferentes en su relación con el Derecho (filosófica vs aplicada), sino también dos concepciones distintas de la psicología (colectiva vs individual). Psicología y Derecho (visión clásica). Garzon, 1989. TIPO DE PSICOLOGÍA. Psicología Jurídica: Psicología colectiva, psicología teórica. Psicología Forense: Psicología individua

PRINCIPIOS BÁSICOS DE PSICOLOGÍA JURÍDICA Cap.I.

La psicología jurídica: confluencia entre Psicología y Derecho: • Derecho: conjunto de leyes, preceptos y reglas a que están sometidos los hombres en su vida social. Ciencia que estudia las leyes y su aplicación. • Psicología: ciencia que estudia el comportamiento humano en el sentido más extenso. Abarca todas las actividades, sentimientos y razones de las personas. La psicología y el derecho encuentran su coincidencia en el hecho de que ambas disciplinas son ciencias humanas y sociales y en que comparten el objeto de intervención: la conducta de las personas. Psicología Jurídica (definición). Comprende el estudio, explicación, promoción, evaluación, prevención y en su caso, asesoramiento y/o tratamiento de aquellos fenómenos psicológicos, conductuales y relacionales que inciden en el comportamiento legal de las personas, mediante la utilización de métodos propios de la psicología científica y cubriendo por lo tanto distintos ámbitos y niveles de estudio e intervención ( Psicología

Web completísima de Criminología.

Muy buenas, Os remito a una web de criminología muy completa de la Universidad de Murcia, http://www.marisolcollazos.es/consultas.html Saludos, Ignacio González sarrió. Coordinador Grupos Psicolegalyforense.

" Sin Conciencia".

Hola a todos y todas, Os remito al blog de la UNED para consultar un excelente tratado sobre la psicopatía, en el cuál se presentan los principales avances en la investigación y abordaje de este fenómeno. Su autor es Robert D. Hare. http://psicologiaforenseuned.blogspot.com/search/label/Teoria%20de%20Reine%20y%20Hare Ignacio González Sarrió. Coordinador Grupos de Trabajo "Psicolegalyforense".

TALLER: " la Evaluación Forense en casos de Violencia de Género: El Sistema de Evaluación Global"

Los pasados días 27 al 30 de abril se celebró en la Facultad de Psicología de la Universidad de las Islas Baleares ( Palma de Mallorca), el VI Congreso Nacional de Psicología Jurídica y Forense. El primer día, 27 de abril miércoles, tuvieron lugar los talleres, en mi caso me decanté por el taller impartido por el profesor D. Ramón Arce, de la facultad de Psicología de Santiago de Compostela, titulado:  "Actualización en la Evaluación Forense en casos de Violencia de Género: El sistema de Evaluación Global". Algunas consideraciones a destacar de este taller son: - En ciertos casos la carga de la prueba médica puede carecer de efecto, tal es el caso de la prueba médica en casos de violencia sexual en los que el acusado asegura que la relación fue consentida, en este caso, se trata de dos declaraciones enfrentadas sin testigos ( una palabra frente a la otra). Es aquí donde la pericial psicológica cobra una especial relevancia y puede ser determinante, para ello contamos con e

INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA SOBRE MOBBING

Estimados compañeros y compañeras. El Grupo de Trabajo "psicolegalyforense" está desarrollando las líneas de trabajo sobre Mobbing. Queremos tratar los aspectos sociales, laborales, clínicos y jurídicos del Mobbing desde una perspectiva práctica y teórica. Necesitamos personas con experiencia en el área (bien desde los RR.HH, la clínica, lo sociolaboral o la jurídica) o profesionales con interés por el Mobbing (psicólogos y abogados laboralístas). Para más información ponerse en contacto con Ignacio González. NºCol. cv06179 Coordinador Grupos "Psicolegalyforense". grupopsico@cop.es Un saludo, Ignacio.

INVESTIGACIÓN CUSTODIA COMPARTIDA

Estimados compañeros y compañeras, Tras la pasada reunión del mes de marzo en el Colegio de Psicólogos con el "Grupo de Trabajo de Psicología Jurídica" de dicha entidad, se acordarón los siguientes aspectos: 1º. La próxima reunión del grupo de trabajo sobre custodia compartida se celebrará en Mallorca, aprovechando que en dicha localidad se celebrará el "VI Congreso Nacional de psicología Jurídica y Forense". http://sepjf2011.iconference.es/evento/ 2º. En dicha reunión se estudiará a fondo la "nueva ley sobre custodia compartida" y las implicaciones de esta sobre la labor del períto psicólogo. 3º. A si mismo el grupo de trabajo en psicología jurídica del cop, está abierto a todos aquellos que esten interesados en unirse a esta labor. 4º. En el mes de mayo, último viernes de mes, nos daremos cita en la sede del COP de Valencia, para continuar con las actividades del grupo sobre custodia compartida. Para más información podeis consultar la página de

Psicología Jurídica Vs Psicología Clínica. Parte V: La Huella Psíquica del Delito.

En busca de la huella psíquica del delito: protocolo de evaluación forense de Arce y Fariña. Para la medida de la huella psíquica y el control de la simulación, hipótesis a contrastar en la medida de la huella psíquica de un delito, Arce y Fariña ( Arce y Fariña 2005; Arce, Fariña y Pampillón, 2002; Arce, fariña, carballal y Novo, 2006) han creado y validado un protocolo de actuación en función de las respuestas y estrategias seguidas por los simuladores. Éste parte de la distinción entre criterios positivos, que validan el protocolo, y negativos, que invalidan o mitigan la validez del mismo. Los criterios positivos serían aquellos que no se detectan en los protocolos de los simuladores, identificando, los estudios de campo, como tales la no evitación de respuestas y la deseabilidad social (luego la Escala de interrogantes del MMPI -informando de abstención en las respuestas- y Escala L -informando de posible invalidez por D.S.- han de tomarse en la dirección de " validez del p

Psicología Jurídica Vs Psicología Clínica. Parte IV: La entrevista Clínico-Forense.

La Entrevista Clínico-Forense: Arce y Fariña (2001) han propuesto y validado un formato de entrevista adecuado a los objetivos de obtención de la huella psíquica sin facilitar la simulación, al tiempo que cuenta con unos controles de la validez del protocolo a través del estudio de las estrategias de simulación: la Entrevista Clínico-Forense. Ésta, que ha de ser llevada a cabo por un entrevistador entrenado y con conocimientos de psicopatología, se estructura en torno a los siguientes pasos: 1º. Presentación de la entrevista, del objeto y procedimiento. 2º. Pedir a los sujetos que relaten en formato de discurso libre los síntomas, conductas y pensamientos que tienen en el momento presente en comparación con el estado anterior al delito (EEAG del DSM-IV-TR). 3º. Reinstauración de contextos: si los sujetos no responden de motu propio, les será requerido que informen igualmente sobre sus relaciones familiares ( EEGAR en el DSM-IV-TR); relaciones Sociales ( EEASL en el DSM-IV-TR) y rela