Parte XIII: Apuntes sobre Evaluación Forense del Acoso Moral en el Trabajo. Análisis de las características psicológicas de los actores implicados.

Título original: EVALUACIÓN FORENSE DEL ACOSO MORAL EN EL TRABAJO (MOBBING) MEDIANTE EL SISTEMA DE EVALUACIÓN GLOBAL.

Referencia: Arce, R., y Fariña, F. (2011). Evaluación forense del acoso moral en el trabajo (mobbing) mediante el Sistema de Evaluación Global. En M. Matos, R. Abrumhosa y C. Machado (Coords.), Manual de psicología forense: Contextos, prácticas e dasafios (pp. 375-398).. Braga, Portugal: Psiquilibros Ediçoes. ISBN: 978-989-8333-07-0.
AUTORES: Ramón Arce y Francisca Fariña.
Título: Evaluación forense del acoso moral en el trabajo (mobbing) mediante el Sistema de Evaluación Global.
Institución:
·         Departamento de Psicología Social, Básica y Metodología. Universidad de Santiago de Compostela (Espanha).
·         Departamento AIPSE. Universidad de Vigo (Espanha).

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Nota 1: La información vertida en este artículo está íntegramente extraída del artículo original arriba referenciado, para mayor y mejor conocimiento de la obra original remitimos al lector al estudio de la fuente original.
Nota 2: El presente artículo es una treceava entrega correspondiente a una serie que abordará la evaluación forense del acoso moral en el trabajo (mobbing) mediante el Sistema de Evaluación Global SEG, sistema creado y validado por los profesores D. Ramón Arce y Dña. Francisca Fariña.


13º. Análisis de las características psicológicas de los actores implicados.
El estudio de las características psicológicas del encausado puede ser de suma trascendencia ya que en él podemos encontrar las claves explicativas de la agresión o cualquier enfermedad mental con implicaciones jurídicas relevantes, pero esto sólo es viable en la jurisdicción penal, no así en la social. De ser el caso, se procederá con el protocolo de la evaluación de la salud mental con control de la (di)simulación (véase Arce y Fariña, 2006c; Arce, Pampillón, y Farilla, 2002). En respuesta al criterio jurisprudencial de verosimilitud, esta evaluación tendrá por objeto informar sobre la ausencia o presencia de problemas psicológicos que afecten o no a la credibilidad del encausado y del denunciante/demandante. Además, se evalúan las capacidades cognitivas del denunciante/demandante (y, cuando sea factible, del encausado) a fin de conocer la capacidad para testimoniar y ser objeto de una evaluación psicológico-forense. Adicionalmente, se evaluará cualquier otra área psicológica que pudiera resultar de interés para el asunto (p.e., cuantificación del daño causado; perfiles de acosador y acoso). Por lo que se refiere a los perfiles de acosador y acosado, el perito forense ha de tener presente que no son prueba de ello (la presencia de características propias de acosador o acosado no implican causalidad o realidad), sólo aportan información adicional.

Fdo. Ignacio González Sarrió.
Doctor en Psicología Forense.
grupopsico@cop.es
696102043
Valencia

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